H.C.D. Ordenanza Nº 286/20.- Sistema integral de personas con movilidad reducida
ORDENANZA Nº 286/20.-
POR TODO ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE HERRERA
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
ARTICULO 1º: DECLARENSE de interés Municipal, aquellas obras de infraestructura, tendientes a la supresión de barreras físicas, tanto las existentes como las que se ejecuten en el futuro en la localidad de Herrera.-
ARTICULO 2º: SOLICITESE al D.E.M. de Herrera, dar prioridad a las obras de infraestructura, tendientes a la supresión de barreras físicas.-
ARTICULO 3º: SOLICITESE al D.E.M., curse instrucción a las áreas de gobierno pertinentes con el fin de iniciar o retomar las gestiones correspondientes a las obras mencionadas ante los organismos que considere.-
ARTICULO 4º: IMPUTENSE los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza al Presupuesto de gastos vigente.-
ARTICULO 5º: COMUNIQUESE, dése a conocimiento y oportunamente archívese.-
Dada en Sala de Sesiones, 4 de DICIEMBRE de 2.020
Daiana Macarena Pérez Héctor Ismael Richard
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Municipalidad de Herrera Municipalidad de Herrera